PILAR BUENO ESPADA, DIRECTORA GENERAL DE TRABAJO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, PRESIDE LA JORNADA ORGANIZADA POR APAMEX (ENTIDAD MIEMBRO DE COCEMFE BADAJOZ) QUE ABORDA EL CAMBIO NORMATIVO QUE PONE EN VALOR LOS AJUSTES RAZONALES VINCULADOS AL EMPLEO EN EL AMBITO DE LA DISCAPACIDAD.

DESDE EL 1 DE MAYO LOS TRABAJADORES RECONOCIDOS CON UNA INCAPACIDAD PERMAMENTE TIENEN DERECHO A QUE SUS PUESTOS DE TRABAJO SE ADAPTEN, IMPIDIENDO LA EXTINCIÓN AUTOMÁTICA DEL CONTRATO DE TRABAJO, CONTANDO EN EXTREMADURA CON UN DEPARTAMENTO ESPECÍFICO QUE ELABORA INFORMES GRATUITOS GESTIONADO POR APAMEX Y QUE CUENTA CON UN AMPLIO CATÁLOGO DE ACCESO GRATUITO CENTRADO EN NUMEROSAS ACTIVIDADES PROFESIONALES.
La Directora General de
Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la
Junta de Extremadura, Pilar Bueno Espada, ha presidido la jornada
organizada por APAMEX (entidad miembro de Cocemfe Badajoz) centrada en
el importante cambio normativo que desde el pasado 1 de mayo de 2025 impide la
extinción automática del contrato de trabajo de las personas con incapacidad
permanente en España.
Se ha
puesto en valor la importancia de LOS AJUSTES RAZONALES, así como la
correcta interpretación y buena aplicación de los mismos, como medida de
igualdad de las personas con discapacidad, y muy especialmente ligadas a las
discapacidades sobrevenidas y el derecho del trabajador con discapacidad a que
el puesto se le adapte. Todo ello, con una repercusión directa en la inclusión
laboral y seguridad laboral.
A
las intervenciones en la inauguración de Pilar Bueno Espada, Directora
General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital de la Junta de Extremadura, y de Jesús Gumiel Barragán,
Presidente de Apamex, ha seguido la Ponencia: “LOS AJUSTES RAZONABLES COMO
MEDIDA DE NO DISCRIMINACIÓN Y DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL ÁMBITO DE LA INCLUSIÓN LABORAL”, por parte de Dª María
Rosario Vega Diaz, Dª Elena Jiménez Jiménez, técnicas del Departamento para
la promoción y el fomento de la adaptación de puestos de trabajo para personas
con discapacidad en Extremadura.
Todas las intervenciones han destacado que para que el empresario
pueda poner fin a un contrato de un trabajador a quien le fuera declarada una
incapacidad permanente sobrevenida durante la relación laboral, antes debe
realizar ajustes razonables que permitieran a este trabajador mantener su
empleo o demostrar que tales ajustes podrían constituir una carga excesiva. En
cuanto a plazos el trabajador tiene un plazo de diez días naturales desde
que se le notifique la resolución en la que se califica la incapacidad
permanente para manifestar por escrito su voluntad de mantener la relación
laboral.
Por su parte, la empresa contará con un plazo máximo de tres
meses desde que se le notifique esta resolución para realizar los ajustes
razonables o el cambio del puesto de trabajo. Cuando el ajuste suponga una
carga excesiva o no exista puesto de trabajo vacante, la empresa dispondrá del
mismo plazo para la extinción del contrato de trabajo, que deberá comunicar al
trabajador por escrito y de forma motivada. Destacar que durante el tiempo en
que se resuelven los ajustes razonables o el cambio a un puesto vacante y
disponible, se mantendrá la suspensión de la relación laboral.
La norma introduce el concepto de ‘carga excesiva’, utilizado por
el TJUE en interpretación del artículo 5 de la citada directiva. Se considera
que existe dicha carga en empresas con menos de 25 trabajadores cuando el coste
de adaptación del puesto de trabajo, sin tener en cuenta la parte que pueda ser
sufragada con ayudas o subvenciones públicas, supere la cuantía mayor de entre
las siguientes: la indemnización que corresponde al trabajador conforme al
artículo 56.1 del ET (indemnización por despido improcedente) o seis meses de
salario del trabajador que solicita la adaptación. En el resto de las empresas,
la nueva regulación solo especifica que para determinar si la carga es excesiva
se tendrá en cuenta el coste de las medidas de adaptación en relación con el
tamaño, los recursos económicos, la situación económica y el volumen de
negocios total de la empresa, y que la carga no será excesiva cuando sea
paliada en grado suficiente mediante medidas, ayudas o subvenciones públicas.
La modificación
normativa reforma el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, quedando la
extinción condicionada a una serie de factores y sujeta al cumplimiento de unos
requisitos, tal y como detalla el BOE publicado el 30 de abril de 2025,
a través de la Ley
2/2025, de 29 de abril, por la que se modifican el texto refundido de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2015, de 23 de octubre, en materia de extinción del contrato de trabajo por
incapacidad permanente de las personas trabajadoras, y el texto refundido de la
Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo
8/2015, de 30 de octubre, en materia de incapacidad permanente. La ley viene a ser una respuesta del poder
legislativo de España a la conclusión alcanzada por el Tribunal Superior de
Justicia de la Unión Europea (TJUE), en sentencia de 18 de enero de 2024, analizando dos cuestiones prejudiciales
planteadas por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, basada
en la Directiva 2000/78/CE del Consejo Europeo de 27 de noviembre de
2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato
en el empleo y la ocupación, que prevé la necesidad de implementar ajustes
razonables para que las personas con discapacidad accedan a un empleo o lo
mantengan, salvo cuando supongan una carga excesiva para el empresario.
ELABORACIÓN DE INFORMES
PARA ADAPTACIÓN DE PUESTOS Y CATÁLOGO DE PRODUCTOS POR ACTIVIDADES
PROFESIONALES.

En
la jornada se ha destacado que desde Apamex, se viene gestionando desde el año
2013 el DEPARTAMENTO PARA LA PROMOCIÓN Y EL FOMENTO DE LA ADAPTACIÓN DE PUESTOS
DE TRABAJO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EXTREMADURA, que es posible
gracias al apoyo de la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura. Desde este departamento son cientos los
informes que se vienen realizando para numerosos/as empresarios/as que de forma
regular están adaptando los puestos de trabajo, evidenciando que en Extremadura
se está ya aplicando para evitar situaciones de discriminación, tal y como
recoge la Observación General núm. 6 de 2018, sobre igualdad y no
discriminación del Comité sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad de la Convención de la ONU , que detalla que “la obligación de proporcionar ajustes razonables no se limita a
situaciones en que una persona con discapacidad haya pedido un ajuste o en que
se pueda demostrar que el garante de los derechos en cuestión era consciente de
que esa persona tenía una discapacidad.
También se aplica
cuando el posible garante de los derechos debería haberse dado cuenta de que la
persona en cuestión tenía una discapacidad que tal vez obligara a realizar ajustes
para que esta pudiera superar obstáculos al ejercicio de sus derechos. Además,
se ha mostrado el CATÁLOGO DE PRODUCTOS PARA LA ADAPTACIÓN DE PUESTOS DE
TRABAJO, que recoge cientos de productos claves para aplicar los ajustes
razonables vinculados al ámbito laboral, al que se puede acceder con descarga
gratuita desde el enlace https://www.cocemfebadajoz.org/FTP/BANNERS/CATALOGO.pdf, con pautas ergonómicas y con un índice en el que se encuentran numerosas
actividades profesionales.
También, se ha
insistido en la implicación decisiva y clave de los Servicios de Prevención
y Representación Sindical, a los que tiene que consultar la empresa para que
emitan un dictamen técnico que propongan medidas de adaptación y ajuste, identifiquen y valoren puestos de
trabajo compatibles, e incluyan medidas de Formación, Información y Vigilancia
de la Salud.
Entre los ejemplos que
se han mostrado en la jornada destacar los lectores de pantalla para empleados con discapacidad
visual, programas informáticos de reconocimiento de voz para personas con
problemas de movilidad que afectan a sus manos, audífonos o dispositivos de
escucha asistida para empleados con deficiencias auditivas, teclados y ratones
ergonómicos para aquellos con lesiones por movimientos repetitivos, reducir la altura de los
escritorios o proporcionar estaciones de trabajo de altura ajustable para
empleados que utilicen sillas de ruedas, ampliar las puertas para dar cabida a
dispositivos de movilidad, entre otros.
A la jornada han
asistido responsables de numerosas empresas extremeñas, mutuas, técnicos en
prevención de riesgos laborales, gestorías, etc. Destacar la asistencia y
participación de las Diputadas del Grupo Parlamentario Popular en la Asamblea
de Extremadura, Francisca Martín Luengo e Isabel García López; la
Gerente Territorial del Sepad en Badajoz, Inmaculada Sánchez Polo; el
secretario de Política Institucional y Empleo de UGT Extremadura, Francisco
Morcillo; la Secretaria de Salud Laboral y Políticas Sociales de UGT
Extremadura, María Jesús Ladera.
Entre las empresas,
mutuas y ongs: CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE LA CONSTRUCCIÓN DE
EXTREMADURA (FECONS), GRUPO IA, VITALY, INPREX, VALORIAN, PREVING, FREMAP,
SEPREX, GRUPO SIFU, ECOINNOVA, ACCU EXTREMADURA, MUTUA MONTANESA, CASER
RESIDENCIAL, JUSTO GALLARDO ASESORES, GRUPO RUIZ, SIE 2000.
ASEOS PARA PERSONAS CON
OSTOMÍAS COMO AJUSTE RAZONABLE EN EL ÁMBITO DE LA EDIFICACIÓN.
La jornada ha concluido con la intervención de la Directora de la
Otaex (Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura), Asunción
Muñoz, para concretar aquellas medidas que enmarcadas en el concepto de
ajustes razonables tienen relación directa con otros ámbitos, como por ejemplo
en materia de edificación. En este sentido ha puesto de ejemplo los aseos para
personas con ostomías, ya que al no ser una medida hoy por hoy obligatoria, si
puede ser clave para garantizar la estabilidad en el empleo de una persona con
discapacidad. Y centrándolo en la temática de la jornada, una situación real
puede darse en un empleado con una incapacidad permanente sobrevenida que
precise esta medida para poder seguir realizando su actividad profesional sin
discriminación, con lo que este sería el ajuste razonable específico, el cual
contará en breve con una línea de subvenciones tal y como ha anunciado recientemente
la Junta de Extremadura. En cualquier caso, teniendo en cuenta las
singularidades que se pueden dar en estas cuestiones tan específicas, se ha
insistido en la importancia de acudir directamente a Apamex para abordar de
forma personalizada la medida a implementar.
La OTAEX (Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura) oficina de Apamex financiada
con fondos públicos, especializada en materia de accesibilidad universal, es
posible gracias al apoyo de la Dirección General de Accesibilidad y Centros
de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a
la entidad APAMEX. https://www.cocemfebadajoz.org/FTP/BANNERS/DIPTICOOTAEX.pdf
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