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NP 37

APAMEX valora como un avance muy positivo ligado a la accesibilidad universal la aprobación en CONSEJO DE GOBIERNO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA hoy día 5 de abril del nuevo decreto que regula la estructura, contenido, aprobación, mantenimiento e implantación de los planes de protección civil.
Viene a desarrollar el mandato establecido por la LEY DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DE EXTREMADURA Y SU REGLAMENTO.

(foto reunión de trabajo celebrada el pasado año para abordar cuestiones normativas con la Directora General de Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura, Nieves Villar)

 

Desde la entidad se han mantenido contactos con la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura, incluso con reuniones con la Directora General, Nieves Villar, para abordar temas de calado normativo, así como el análisis pormenorizado en el plazo de exposición pública, llegando en todo momento a coincidir en la importante del texto, en el sentido de que viene a desarrollar el mandato de  la Ley 11/2014 de Accesibilidad Universal de Extremadura así como el Decreto 135/2018 por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación, espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Ambas normativas establecen que los planes de autoprotección y los planes de emergencia y evacuación de edificios, establecimientos e instalaciones de uso o concurrencia pública deben incluir las determinaciones oportunas para garantizar su adecuación a las necesidades de las personas con movilidad reducida o cualquier otra discapacidad.

En concreto, el Decreto que pronto será publicado en el DOE establece en su artículo 4 la diferente tipología de los planes que se definen, y que deberá ser inclusiva, contemplando las medidas necesarias de accesibilidad a tener en cuenta con las personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables como personas mayores, y en especial, las encaminadas a asegurar que la información sobre estos planes sea comprensible, facilitando la información, siempre que se permita, adaptada a lectura fácil o cualquier otro sistema de comunicación alternativa.

También, en el contenido mínimo obligatorio de los planes recogido en los anexos VI y VII., queda claramente definido que, para realizar este análisis inclusivo, deben reflejarse el análisis de las personas usuarias, así como sus necesidades en los medios de detección y alarma, señalización y evacuación, de modo que se garantice su utilización y fácil comprensión por todas las personas. Tanto en los planes municipales como en los de autoprotección, es importante que se presenten características y limitaciones de las personas, con diversos grados de gravedad, que podrían tener consecuencias trascendentales en una situación de emergencia, como, por ejemplo limitaciones para la movilidad (el rango o la velocidad de movimiento puede verse afectado en diversos grados, desde personas usuarias en silla de ruedas, personas con muletas o bastón, personas mayores), limitaciones de tipo sensorial (disminuye la capacidad de recopilar información a través de los sentidos como la vista o la audición), limitaciones de tipo cognitivo (disminuye la capacidad de procesar la información y reaccionar adecuadamente), así como ocupantes con otro tipo de limitaciones ocultas (factores como el estrés ante una situación de emergencia)

Además, se valora como muy positivo que contempla que en aquellos planos destinados a proporcionar información a la población, es decir, aquellos que se divulguen en trípticos, jornadas formativas o aquellos que se coloquen en edificios o por el casco urbano del municipio, deberán ser elaborados para cumplir con los principios y requerimientos que persigue la accesibilidad universal, siendo por ello necesario que se editen en formato de Lectura Fácil y en braille y/o alto relieve. Y en el caso que la documentación citada incorpore códigos QR, tecnología NFC, etc., el contenido editable incorporará un documento explicativo en lectura fácil y su locución. Si contuviera videos, se subtitularán y audio describirán siguiendo las normas establecidas a tal efecto, siendo recomendable signarlos para las personas sordas signantes.

 

La OTAEX (Oficina Técnica de Accesibilidad de Extremadura) oficina de Apamex financiada con fondos públicos, especializada en materia de accesibilidad universal, es posible gracias al apoyo de la Dirección General de Accesibilidad y Centros de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura a la entidad APAMEX.  https://www.cocemfebadajoz.org/FTP/BANNERS/DIPTICOOTAEX.pdf

Visita nuestro blog: www.otaexapamex.org

NP93

APAMEX entrega al CONSEJERO DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, ABEL BAUTISTA MORÁN, el estudio de accesib...